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Una nueva Ley de Farmacia pensada para los ciudadanos

Por su interés, reproducimos la tribuna del presidente del COFM publicada en Correo Farmacéutico.

La nueva Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica (LOAF) de la Comunidad de Madrid nos ofrece a los farmacéuticos y al resto de profesionales sanitarios una magnífica oportunidad de implicarnos más a fondo en el cuidado integral de la salud de las personas, sobre la base de la colaboración y en un marco jurídico claro.

Casi 25 años después de la entrada en vigor de la anterior norma, en 1998, y con la experiencia reciente de la pandemia, la ley aprobada el 15 de diciembre supone una actualización obligada de nuestro ejercicio profesional.

Las necesidades sanitarias y sociales son hoy distintas a las de hace un cuarto de siglo. El perfil del paciente es diferente, debido al envejecimiento y la cronicidad. Las demandas sociales cambian con el incremento de la dependencia y la soledad de las personas. Y el sistema sanitario afronta desafíos que van desde la obligación de reforzar la prevención e impulsar la colaboración entre niveles asistenciales para acercarse a los pacientes y monitorizar su salud hasta entender la creciente relevancia del medicamento y su uso adecuado ante el avance de la cronicidad. Ese uso adecuado del medicamento es crítico para la salud y también para la eficiencia del sistema sanitario.

A esta realidad responde en buena medida la nueva ley, que genera una base normativa orientada al impulso del rol sanitario y social del farmacéutico y de la colaboración entre los profesionales sanitarios y niveles asistenciales, y que mira con perspectiva pragmática a las necesidades de los pacientes y del conjunto de la población. Veamos algunos ejemplos.

Con respecto al uso adecuado de los tratamientos, la ley regula y extiende los denominados sistemas personalizados de dosificación. Este servicio profesional nos ayudará a realizar un seguimiento farmacoterapéutico más adaptado al perfil del paciente para obtener mejores resultados en salud que redundarán en la persona y en el sistema de salud.

La norma califica la dispensación farmacéutica como “acto profesional asistencial” y define por primera vez el concepto de indicación farmacéutica de medicamentos que no requieren prescripción médica. Reconoce así la importancia crítica del uso adecuado del medicamento y al farmacéutico como profesional experto. De hecho, refuerza la posibilidad de no dispensación por criterio profesional, aspecto relevante en nuestra práctica diaria.

Abre canales directos de comunicación entre los profesionales sanitarios mediante la creación del Historial farmacológico y el acceso a la Hoja de medicación del usuario. Son dos instrumentos que impulsarán la colaboración de la farmacia comunitaria con la de hospital y de primaria para detectar y evitar reacciones adversas o errores en la administración, identificar duplicidades terapéuticas, conciliar la medicación tras el alta hospitalaria y garantizar, en suma, la continuidad asistencial.

Promueve la prevención y la promoción de estilos de vida saludables al ampliar las funciones de las farmacias y el rol sociosanitario de los farmacéuticos dentro de un sistema de salud que requiere la máxima coordinación entre sus profesionales, así como el uso de todos los recursos sanitarios al alcance, priorizando la cercanía al ciudadano.

En esa cercanía hemos dado un gran paso al regular la atención farmacéutica domiciliaria, prestación acotada a determinadas personas dependientes o discapacitadas con problemas de movilidad. Precisa de desarrollo reglamentario para ser efectiva, y entendemos que la zona básica de salud y la proximidad a los pacientes deberán ser las bases de esta planificación. Garantizaremos así un servicio básico profesional de primera necesidad a un segmento de la población, sin intermediarios, y cerramos cualquier puerta a que se convierta en un mero delivery.

Por otro lado, autoriza desarrollos atractivos para los profesionales como la apertura de la nueva sección de Nutrición y dietética en las farmacias. Los ciudadanos accederán a un consejo especializado sobre nutrición y hábitos saludables, y se fomentará la prevención de muchas enfermedades.

La ley amplía, en definitiva, las competencias del farmacéutico en ámbitos tan relevantes como la Salud Pública o la emergencia sanitaria con una hoja de ruta profesional que avanza en la farmacia asistencial, hasta los límites del marco estatal.

En esta línea, consolida nuestro modelo al garantizar una planificación de farmacias más acorde a las necesidades de la población, con una especial atención a las farmacias rurales para asegurar el acceso de toda la población a una atención farmacéutica cercana y de calidad.

Son algunas de las novedades incluidas en una norma que está generando gran expectación entre los farmacéuticos de Madrid. Como todo texto legal, siempre es susceptible de mejora, pero desde el Colegio lo consideramos positivo y trabajaremos con la Administración para acometer su desarrollo reglamentario y tratar de desplegar todo el potencial de una ley ambiciosa que mejorará la atención farmacéutica de los madrileños.

01 de febrero de 2023

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