Preguntas frecuentes
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Colegiación
¿Qué debo hacer para solicitar el alta de colegiación?
Al acceder al apartado Colegiación en la web, hay que pinchar en el botón “Trámite de alta de colegiación”.
Desde ahí se dirige al aplicativo de solicitud; se recomienda leer detenidamente la información que se facilita sobre la documentación necesaria y las cuotas de colegiación.
Podrá realizarse el trámite por una de estas dos vías:
- Con certificado digital: tramitación online, adjuntando toda la documentación necesaria, previamente escaneada, y firmando electrónicamente.
- Semipresencial: si no se dispone de firma digital, hay que imprimir y firmar la solicitud que se genera al final. Esta debe presentarse en la sede del Colegio (4ª planta), junto con el resto de la documentación precisa.
A través de formularios web, se deben ir cumplimentando los datos que se solicitan: datos personales y bancarios, titulación oficial en Farmacia, modalidad de colegiación y datos profesionales. Con todos estos datos se genera la solicitud que ha de ser firmada, bien con el certificado digital, bien con firma manuscrita tras imprimir el documento de la solicitud.
En el caso de la vía semipresencial, además de la solicitud, también hay que imprimir y firmar la orden de domiciliación bancaria SEPA.
En ambos casos (con certificado digital o semipresencial), la solicitud de alta comenzará a tramitarse únicamente cuando haya sido abonada la cuota de incorporación. Su abono puede realizarse mediante la pasarela de pago al final de la solicitud, o presencialmente en la Caja del Colegio (en efectivo o con tarjeta). De no abonarse, este es uno de los motivos de denegación de la colegiación contemplados en los Estatutos del Colegio. En el caso de abonarla y que, por algún motivo justificado, no se pudiera resolver la colegiación, el importe de la cuota se devolvería al farmacéutico.
El importe de la cuota de incorporación es:
- 90 euros: cuota de incorporación general.
- 45 euros: cuota de incorporación dentro de los 6 meses desde la finalización del Grado en Farmacia (no desde la fecha del título oficial).
La solicitud de alta se registra de entrada en el Colegio: registro automático si se ha presentado con certificado digital, o en el Registro colegial si el trámite es semipresencial (4ª planta del Colegio).
Una vez registrada la solicitud y abonada la cuota de incorporación, el departamento de Gestión Administrativa se encarga de su tramitación y revisión. Si todo está correcto se notifica al farmacéutico su resolución de incorporación como colegiado en este Colegio.
¿Cuánto tiempo se tarda en tramitar una solicitud de alta de colegiación?
Con carácter general, la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo, así como los Estatutos del Colegio, establecen un plazo máximo de 3 meses para resolver desde la presentación de la solicitud acompañada de todos los documentos necesarios para la colegiación.
No obstante, si se presenta la solicitud de alta correctamente cumplimentada y firmada y se aporta toda la documentación necesaria, el alta de colegiación suele estar gestionado en menos de una semana.
Hay que tener en cuenta que, en los casos en los que falte documentación o haya datos erróneos, debe requerirse al farmacéutico para que aporte lo que falta o subsane el posible error. Esta circunstancia hace que el tiempo en el que se tramita la solicitud se amplíe.
¿Qué debo hacer para solicitar el alta de colegiación como farmacéutico adjunto en una farmacia?
Cualquier solicitud de alta colegial debe realizarse como se explica en la pregunta ¿Qué debo hacer para solicitar el alta de colegiación?
Solo ha de tenerse en consideración la diferencia en la documentación específica que se requiere para cada una de las modalidades de colegiación. En el caso del farmacéutico adjunto, se solicita un escrito de designación o carta de nombramiento.
Dicha carta es un escrito del farmacéutico titular/titulares o, en su caso, del farmacéutico regente, en el que se nombra farmacéutico adjunto al farmacéutico solicitante del alta colegial.
Esta carta ha de llevar el sello de la farmacia y estar firmada por el farmacéutico titular/titulares o, en su caso, por el farmacéutico regente.
¿Qué debo hacer para solicitar un cambio de modalidad de colegiación?
Desde el apartado de Colegiación en la web, hay que pinchar en el botón “Trámite de cambio o de baja”. Al hacerlo, se va a solicitar el usuario y la contraseña de acceso a Canal Colegiados. Si no dispones de estos datos, o bien no los recuerdas, puedes ponerte en contacto con el CAURE del Colegio (caure@e.cofm.es - 91 406 83 73).
Una vez que se haya accedido a los trámites, habrá de seleccionarse la opción de “Solicitud de cambio de colegiación”.
Podrá realizarse el trámite por una de estas dos vías:
- Con certificado digital: tramitación online, adjuntando toda la documentación necesaria, previamente escaneada, y firmando electrónicamente.
- Semipresencial: si no se dispone de firma digital, hay que imprimir y firmar la solicitud que se genera al final. Esta debe presentarse en la sede del Colegio, junto con el resto de la documentación precisa.
En ambos casos (con certificado digital o semipresencial), el sistema te mostrará la modalidad o modalidades en las que constas colegiado y, a continuación, ha de seleccionarse el tipo de cambio:
- Variación de la modalidad de colegiación: sustituir la actual por otra diferente.
- Ampliación del ejercicio profesional: añadir una modalidad compatible con la actual.
- Reducción del ejercicio profesional: eliminar al menos una de las modalidades actuales. Si se desea reducir todas las modalidades actuales hay que solicitar, como tipo de cambio, una variación y no una reducción.
Una vez seleccionado el tipo de cambio, se indicará qué modalidad de colegiación se solicita.
Es importante tener en cuenta lo siguiente:
- Si la modalidad actual es como ejerciente y se va a cambiar por otra, es preciso aportar documentación acreditativa del cese en la actividad profesional actual.
- Si la modalidad que se solicita es como ejerciente, es necesario aportar documentación acreditativa del ejercicio en la nueva actividad profesional.
La solicitud de cambio se registra de entrada en el Colegio: registro automático si se ha presentado con certificado digital, o en el Registro colegial si el trámite es semipresencial (4ª planta del Colegio).
Una vez registrada la solicitud, el departamento de Gestión Administrativa se encarga de su tramitación y revisión. Si todo está correcto se notifica al colegiado su resolución de cambio de modalidad de colegiación.
¿Qué debo hacer para solicitar la baja colegial?
Desde el apartado de Colegiación en la web, hay que pinchar en el botón “Trámite de cambio o de baja”. Al hacerlo, se va a solicitar el usuario y la contraseña de acceso a Canal Colegiados. Si no dispones de estos datos, o bien no los recuerdas, puedes ponerte en contacto con el CAURE del Colegio (caure@e.cofm.es - 91 406 83 73).
Una vez que se haya accedido a los trámites, habrá de seleccionarse la opción de “Solicitud de baja de colegiación”.
Podrá realizarse el trámite por una de estas dos vías:
- Con certificado digital: tramitación online, adjuntando toda la documentación necesaria, previamente escaneada, y firmando electrónicamente.
- Semipresencial: si no se dispone de firma digital, hay que imprimir y firmar la solicitud que se genera al final. Esta debe presentarse en la sede del Colegio, junto con el resto de la documentación precisa.
En ambos casos (con certificado digital o semipresencial), el sistema te mostrará la modalidad o modalidades en las que constas colegiado y, a continuación, has de seleccionar el motivo de la baja: cesar en el ejercicio de la profesión farmacéutica, traslado u otra causa. En este último caso hay que indicar cuál es.
Es importante tener en cuenta lo siguiente:
- Si la modalidad actual es como ejerciente, es preciso aportar documentación acreditativa del cese en la actividad profesional.
- Si la modalidad es como no ejerciente, la baja es voluntaria y no hace falta aportar ningún documento adicional.
- Para tramitar una solicitud de baja, el colegiado debe estar al corriente de pago de sus cuotas colegiales (artículo 15 de los Estatutos del Colegio).
La solicitud de baja se registra de entrada en el Colegio: registro automático si se ha presentado con certificado digital, o en el Registro colegial si el trámite es semipresencial (4ª planta del Colegio).
Una vez registrada la solicitud, el departamento de Gestión Administrativa se encarga de su tramitación y revisión. Si todo está correcto se notifica al farmacéutico su resolución de baja de colegiación.
¿Cuánto tiempo se tarda en tramitar una solicitud de cambio o de baja de colegiación?
Con carácter general, la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo, así como los Estatutos del Colegio, establecen un plazo máximo de 3 meses para resolver desde la presentación de la solicitud acompañada de todos los documentos necesarios.
No obstante, si se presenta la solicitud de cambio o de baja correctamente cumplimentada y firmada y se aporta toda la documentación necesaria, suele estar gestionada en menos de una semana.
Hay que tener en cuenta que, en los casos en los que falte documentación o haya datos erróneos, debe requerirse al colegiado para que aporte lo que falta o subsane el posible error. Esta circunstancia hace que el tiempo en el que se tramita la solicitud se amplíe.
¿Cuál es la cuota mensual de colegiación?
Las actuales cuotas mensuales de colegiación son estas:
TIPO DE COLEGIACIÓN |
CUOTA DEL COLEGIO |
CUOTA DEL CONSEJO (1) |
IMPORTE TOTAL |
Ejercientes con oficina de farmacia (titular y cotitular) |
20,00 € |
8,31 € |
28,31 € |
Ejercientes en cualquier otra modalidad de colegiación |
15,00 € |
8,31 € |
23,31 € |
Sin ejercicio |
11,50 € |
8,31 € |
19,81 € |
Sin ejercicio en situación de desempleo y terminación de carrera menos de 4 años (2) |
11,50 € |
2,05 € |
13,55 € |
- Los farmacéuticos en situación voluntaria de doble colegiación (inscritos en más de un Colegio) solo deben abonar la cuota correspondiente al Consejo General en uno de ellos, siendo aquel en el que conste su domicilio profesional único o principal.
- Se acreditará la situación de desempleo mediante comprobante del Servicio Público de Empleo (SEPE) (antiguo INEM) y deberá renovarse, con carácter general, cada tres meses.
¿Cómo comunico un cambio en la cuenta bancaria en la que se me domicilian los recibos mensuales de colegiación?
Es necesario cumplimentar y firmar una orden de domiciliación de adeudo directo SEPA.
Esa orden SEPA ha enviarse por correo electrónico dirigido a gestion.administrativa@e.cofm.es, o bien presentarlo en la sede colegial (4ª planta del Colegio).
La nueva cuenta bancaria se utilizará para el siguiente recibo de cuota de colegiación que se emita tras haber presentado la orden SEPA. No hay que olvidar dar instrucciones en la entidad bancaria para que no se devuelvan los recibos que se carguen en esa cuenta.
Era adjunto en una farmacia y he cambiado a otra. ¿Qué tengo que hacer en el Colegio?
En el Colegio habría que actualizar la situación colegial solicitando un cambio de adjunto en la primera farmacia a adjunto en la nueva farmacia.
Desde el apartado de Colegiación en la web, hay que pinchar en el botón “Trámite de cambio o de baja”. Al hacerlo, se va a solicitar el usuario y la contraseña de acceso a Canal Colegiados. Si no dispones de estos datos, o bien no los recuerdas, puedes ponerte en contacto con el CAURE del Colegio (caure@e.cofm.es - 91 406 83 73).
Una vez que se haya accedido a los trámites, habrá de seleccionarse la opción de “Solicitud de cambio de colegiación”, pudiendo realizar el trámite por una de estas dos vías:
- Con certificado digital: tramitación online, adjuntando toda la documentación necesaria, previamente escaneada, y firmando electrónicamente.
- Semipresencial: si no se dispone de firma digital, hay que imprimir y firmar la solicitud que se genera al final. Esta debe presentarse en la sede del Colegio, junto con el resto de la documentación precisa.
En ambos casos (con certificado digital o semipresencial), el sistema te mostrará la modalidad o modalidades en las que constas colegiado y, a continuación, ha de seleccionarse “variación de la modalidad de colegiación: sustituir la actual por otra diferente”.
Con respecto a la documentación acreditativa, lo que debe aportarse junto con la solicitud es lo siguiente:
- Farmacia en la que se cesa: justificante registrado de la comunicación telemática ante la Consejería de Sanidad de la baja como farmacéutico adjunto. Para saber cómo realizar esta comunicación telemática debes leer la pregunta ¿Cómo se tramita la comunicación telemática de la baja de un farmacéutico adjunto, de un regente o de un sustituto?
- Farmacia en la que se va a ejercer como adjunto: escrito de designación o carta de nombramiento, con el sello de la farmacia y firmada por el farmacéutico titular/titulares o, en su caso, por el farmacéutico regente.
La solicitud de cambio se registra de entrada en el Colegio: registro automático si se ha presentado con certificado digital, o en el Registro colegial si el trámite es semipresencial (4ª planta del Colegio).
Una vez registrada la solicitud, el departamento de Gestión Administrativa se encarga de su tramitación y revisión. Si todo está correcto se notifica al colegiado su resolución de cambio de modalidad de colegiación.
Además, es interesante que sepas que, al haber aportado el justificante registrado de la comunicación telemática de tu baja como farmacéutico adjunto en la farmacia anterior, se desvincula tu certificado digital en dicha farmacia.
Por último, para vincular el certificado digital a la farmacia actual para la dispensación de receta electrónica, una vez que recibas la resolución de cambio de modalidad de colegiación, habrá de tramitarse la comunicación telemática de alta como farmacéutico adjunto. Puedes obtener información ampliada de cómo realizarla en la pregunta ¿Cómo se tramita la comunicación telemática del alta de un farmacéutico adjunto?
Debe remitirse el justificante registrado de esa comunicación telemática por correo electrónico dirigido a gestion.administrativa@e.cofm.es.
¿Cómo sé que mi solicitud de alta/cambio/baja de colegiación ya está tramitada?
La colegiación es una de las atribuciones que desarrolla el Colegio en el ejercicio de sus funciones públicas, estando sometida a lo establecido en los Estatutos colegiales y en la normativa vigente sobre procedimiento administrativo común.
Por ese motivo, las resoluciones relativas a la colegiación -bien sean de alta, de cambio o de baja- han de notificarse a los interesados, de manera que quede constancia en el Colegio de la fecha en la que el farmacéutico recibe su resolución. En la actualidad, las vías de notificación que se utilizan por el Colegio son las siguientes:
- Correo postal certificado: la resolución se remite por Correos a la dirección que el farmacéutico facilitó como domicilio a efectos de notificación -bien sea la dirección personal o la profesional-. Por ello, es muy importante que los datos de cada colegiado estén siempre actualizados en el Colegio.
- En persona: el farmacéutico acude a la sede colegial, en concreto al departamento de Gestión Administrativa, para recoger su resolución, firmando y fechando una copia de la misma. Esta vía se emplea, por lo general, cuando el farmacéutico tiene que realizar algún trámite adicional, como puede ser la solicitud del certificado digital.
Comunicaciones telemáticas de personal farmacéutico ante la Consejería de Sanidad
¿Cómo se tramita la comunicación telemática del alta de un farmacéutico adjunto?
La documentación necesaria para comunicar el alta de un farmacéutico adjunto es la que se relaciona a continuación:
- Formulario “Registro de farmacéutico adjunto”: descarga el formulario, que debe ser cumplimentado por el titular de la farmacia; se guarda en el ordenador para su posterior subida online. En el punto 1 del formulario hay que señalar la opción “Solicitud de registro de designación (Tipo A-ALTAS)”. Recomendamos utilizar Google Chrome, asegurándose de que, una vez descargado, se abre con Acrobat Reader y no en una solapa del navegador de internet.
En el caso de que el trámite vaya a hacerse con un certificado digital distinto al del titular, se debe cumplimentar el punto 4 del representante con los datos del propietario del certificado con el que se va a firmar y enviar. Para ello, además, es preciso adjuntar una autorización del titular/es hacia esa persona junto con el resto de los documentos escaneados. No hay que olvidar indicar “Autorizado/a” en el campo “Título de representación”.
En el punto 7 “Documentación requerida en los casos de Solicitudes de Tipo A-ALTAS” es importante no marcar la casilla para no tener que aportar copia del título oficial de Licenciado o Graduado.
- Aceptación del nombramiento de farmacéutico adjunto: descarga el modelo. En este caso, debe cumplimentarlo y firmarlo el adjunto, bien digitalmente, bien con firma manuscrita.
- Declaración de no incurrir en incompatibilidad para ser farmacéutico adjunto de oficina de farmacia: descarga la declaración. También debe ser cumplimentado y firmado por el adjunto, bien digitalmente, bien con firma manuscrita.
- Documento acreditativo de la colegiación en el COFM: resolución de colegiación como farmacéutico adjunto que se ha remitido previamente por correo electrónico en formato PDF (se envía desde el departamento de Gestión Administrativa).
- Autorización del titular/es: descarga el modelo, que debe ser cumplimentado y firmado por el/los titular/es, si el trámite lo realiza una persona distinta a él/ellos.
Para enviar la documentación del alta de farmacéutico adjunto, hay que acceder al siguiente enlace web del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid. Una vez dentro de esa página, se siguen los siguientes pasos:
- Enviar el formulario PDF “Registro de farmacéutico adjunto” cumplimentado y guardado con anterioridad, pinchando en el texto “Seleccione la solicitud a presentar” o arrastrando el formulario al recuadro punteado.
- El navegador pedirá que se acepte el certificado digital y se introduzca el PIN.
- Adjuntar los restantes documentos pinchando en el botón “Anexar”, luego “Seleccionar archivos” y, por último, “Subir archivos”.
- Pulsar “Firmar y enviar” y volver a firmar con el certificado digital (con el PIN) cuando así se pida.
- Descargar el justificante de la comunicación telemática del registro de farmacéutico adjunto cuando aparezca el mensaje “Si desea un justificante, PINCHE AQUÍ”.
¿Cómo se tramita la comunicación telemática del alta de un farmacéutico regente?
La documentación necesaria para solicitar el alta de un farmacéutico regente es la que se relaciona a continuación:
- Formulario “Registro de farmacéutico regente”: descarga el fomulario, que debe ser cumplimentado por el titular de la farmacia o, en su caso, por los herederos; se guarda en el ordenador para su posterior subida online. En el punto 1 del formulario hay que señalar la opción “Solicitud de autorización de designación de regente (Tipo A-ALTAS)”. Recomendamos utilizar Google Chrome, asegurándose que, una vez descargado, se abre con Acrobat Reader y no en una solapa del navegador de internet.
En el caso de que el trámite vaya a hacerse con un certificado digital distinto al del titular, debe cumplimentarse el punto 4 del representante con los datos del propietario del certificado con el que se va a firmar y enviar. Para ello, además, es preciso adjuntar una autorización del titular/es hacia esa persona junto con el resto de los documentos escaneados. No hay que olvidar indicar “Autorizado/a” en el campo “Título de representación”.
En el punto 7 “Documentación requerida en los casos de Solicitudes de Tipo A-ALTAS” es importante no marcar la casilla para no tener que aportar copia del título oficial de Licenciado o Graduado.
- Aceptación del nombramiento de farmacéutico regente: descarga el modelo. En este caso, debe cumplimentarlo y firmarlo el regente, bien digitalmente, bien con firma manuscrita.
- Documento acreditativo de la colegiación en el COFM: resolución de colegiación como farmacéutico regente que se ha remitido previamente por correo electrónico en formato PDF (se envía desde el departamento de Gestión Administrativa).
- Autorización del titular/es: descarga el modelo, que debe ser cumplimentado y firmado por el/los titular/es o, en su caso, por los herederos, si el trámite lo realiza una persona distinta a él/ellos.
- Vida laboral, contrato o alta de autónomo como colaborador familiar.
- Documentación acreditativa de la causa de la regencia: en el punto 7.2 del formulario “Registro de farmacéutico regente” se indica qué más ha de aportarse según se trate de regencia por fallecimiento, por jubilación, por incapacidad o por declaración judicial de ausencia.
Para enviar la documentación del alta de farmacéutico regente, hay que acceder al siguiente enlace web del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid. Una vez dentro de esa página, se siguen los siguientes pasos:
- Enviar el formulario PDF “Registro de farmacéutico regente” cumplimentado y guardado con anterioridad, pinchando en el texto “Seleccione la solicitud a presentar” o arrastrando el formulario al recuadro punteado.
- El navegador pedirá que se acepte el certificado digital y se introduzca el PIN.
- Adjuntar los restantes documentos pinchando en el botón “Anexar”, luego “Seleccionar archivos” y, por último, “Subir archivos”.
- Pulsar “Firmar y enviar” y volver a firmar con el certificado digital (con el PIN) cuando así se pida.
- Descargar el justificante de la comunicación telemática del registro de farmacéutico regente cuando aparezca el mensaje “Si desea un justificante, PINCHE AQUÍ”.
¿Cómo se tramita la comunicación telemática del alta de un farmacéutico sustituto?
La documentación necesaria para solicitar el alta de un farmacéutico sustituto es la que se relaciona a continuación:
- Formulario “Registro de farmacéutico sustituto”: descarga el formulario, que debe ser cumplimentado por el titular de la farmacia; se guarda en el ordenador para su posterior subida online. En el punto 1 del formulario hay que señalar la opción “Solicitud de registro de designación (Tipo A-ALTAS)”. Recomendamos utilizar Google Chrome, asegurándose que, una vez descargado, se abre con Acrobat Reader y no en una solapa del navegador de internet.
En el caso de que el trámite vaya a hacerse con un certificado digital distinto al del titular, debe cumplimentarse el punto 4 del representante con los datos del propietario del certificado con el que se va a firmar y enviar. Para ello, además, es preciso adjuntar una autorización del titular/es hacia esa persona junto con el resto de los documentos escaneados. No hay que olvidar indicar “Autorizado/a” en el campo “Título de representación”.
En el punto 7 “Documentación requerida en los casos de Solicitudes de Tipo A-ALTAS” es importante no marcar la casilla para no tener que aportar copia del título oficial de Licenciado o Graduado.
- Aceptación del nombramiento de farmacéutico sustituto: descarga el modelo. En este caso, debe cumplimentarlo y firmarlo el sustituto, bien digitalmente, bien con firma manuscrita.
- Documento acreditativo de la colegiación en el COFM: resolución de colegiación como farmacéutico sustituto que se ha remitido previamente por correo electrónico en formato PDF (se envía desde el departamento de Gestión Administrativa).
- Autorización del titular/es: descarga el modelo, que debe ser cumplimentado y firmado por el/los titular/es, si el trámite lo realiza una persona distinta a él/ellos.
- Vida laboral, contrato o alta de autónomo como colaborador familiar.
- Documento que acredite el motivo de sustitución.
Para enviar la documentación del alta de farmacéutico sustituto, hay que acceder al siguiente enlace web del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid. Una vez dentro de esa página, se siguen los siguientes pasos:
- Enviar el formulario PDF “Registro de farmacéutico sustituto” cumplimentado y guardado con anterioridad, pinchando en el texto “Seleccione la solicitud a presentar” o arrastrando el formulario al recuadro punteado.
- El navegador pedirá que se acepte el certificado digital y se introduzca el PIN.
- Adjuntar los restantes documentos pinchando en el botón “Anexar”, luego “Seleccionar archivos” y, por último, “Subir archivos”.
- Pulsar “Firmar y enviar” y volver a firmar con el certificado digital (con el PIN) cuando así se pida.
- Descargar el justificante de la comunicación telemática del registro de farmacéutico regente cuando aparezca el mensaje “Si desea un justificante, PINCHE AQUÍ”.
¿Cómo se tramita la comunicación telemática de la baja de un farmacéutico adjunto, de un regente o de un sustituto?
El formulario que debe utilizarse para esta comunicación es diferente según quién realice la comunicación:
- Comunicación realizada por el titular de la farmacia: debe descargar el formulario que corresponda, cumplimentarlo y guardarlo en el ordenador para su posterior subida online. En el punto 1 del formulario hay que señalar la opción “Comunicación de baja (Tipo B-BAJAS)”. Recomendamos utilizar Google Chrome, asegurándose que, una vez descargado, se abre con Acrobat Reader y no en una solapa del navegador de internet.
- Para comunicación de baja de adjunto: descargar documento
- Para comunicación de baja de regente: descargar documento
- Para comunicación de baja de sustituto: descargar documento
En el caso de que el trámite vaya a hacerse con un certificado digital distinto al del titular, debe cumplimentarse el punto 4 del representante con los datos del propietario del certificado con el que se va a firmar y enviar. Para ello, además, es preciso adjuntar una autorización del titular/es hacia esa persona junto con el resto de los documentos escaneados. No hay que olvidar indicar “Autorizado/a” en el campo “Título de representación”.
- Comunicación realizada por el adjunto, el regente o el sustituto: debe descargar el modelo, cumplimentarlo y guardarlo en el ordenador para su posterior subida online.
La documentación necesaria para comunicar la baja de un farmacéutico adjunto, regente o sustituto es la siguiente:
- Formulario de comunicación realizada por el titular de la farmacia: se debe descargar el formulario que corresponda según lo indicado, cumplimentarlo y guardarlo en el ordenador para su posterior subida online. En el punto 1 del formulario hay que señalar la opción “Comunicación de baja (Tipo B-BAJAS)”. Recomendamos utilizar Google Chrome, asegurándose de que, una vez descargado, se abre con Acrobat Reader y no en una solapa del navegador de internet.
- Documento que acredite la fecha de baja: finiquito, certificado de empresa, carta de despido, certificado de vida laboral, etc.
Para enviar la documentación hay que acceder al siguiente enlace web del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid. Una vez dentro de esa página, se siguen los siguientes pasos:
- Enviar el formulario PDF de la comunicación de baja cumplimentado y guardado con anterioridad, pinchando en el texto “Seleccione la solicitud a presentar” o arrastrando el formulario al recuadro punteado.
- El navegador pedirá que se acepte el certificado digital y se introduzca el PIN.
- Adjuntar los restantes documentos pinchando en el botón “Anexar”, luego “Seleccionar archivos” y, por último, “Subir archivos”.
- Pulsar “Firmar y enviar” y volver a firmar con el certificado digital (con el PIN) cuando así se pida.
- Descargar el justificante de la comunicación telemática del registro de farmacéutico regente cuando aparezca el mensaje “Si desea un justificante, PINCHE AQUÍ”.
Es necesario presentar este justificante registrado de la comunicación telemática para modificar la modalidad de colegiación (adjunto, regente o sustituto); es decir, este justificante debe acompañar a la solicitud de cambio o de baja colegial, según proceda.
Además, con dicho justificante también se realiza la desvinculación del certificado digital del farmacéutico a la oficina de farmacia, de manera que ya no se pueda dispensar receta electrónica con él. Puede enviarse por correo electrónico dirigido a gestion.administrativa@e.cofm.es.
¿Cuándo debe realizarse la comunicación telemática de alta o de baja de un farmacéutico adjunto, de un regente o de un sustituto?
Los plazos de la comunicación quedan establecidos en la Ley 13/2022, de 21 de diciembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid. Se trata de plazos máximos contados desde la fecha del hecho causante:
FARMACÉUTICO |
COMUNICACIÓN DE ALTA |
COMUNICACIÓN DE BAJA |
Adjunto |
15 días |
7 días |
Sustituto |
||
Regente |
1 mes |
Certificados de colegiación
¿Cómo puedo solicitar un certificado de colegiación?
Para facilitar la petición del certificado de colegiación, en el departamento de Gestión Administrativa se dispone de un formulario de solicitud.
En el campo del tipo de certificado hay que marcar la opción “Situación colegial actual”.
Una vez cumplimentado y firmado, puede enviarse por correo electrónico dirigido a gestion.administrativa@e.cofm.es, o bien presentarlo en el Registro colegial (4ª planta del Colegio).
La emisión de este certificado tiene un coste para el colegiado peticionario de 5 euros.
¿Qué datos aparecen en un certificado de colegiación?
Se certifican los siguientes datos del colegiado:
- Nombre y apellidos.
- Número de colegiado.
- Fecha de incorporación al Colegio.
- Colegiado como ejerciente o como no ejerciente.
- En el caso del colegiado ejerciente, la modalidad de colegiación que consta en el Colegio y la dirección profesional.
¿Cuánto tiempo se tarda en tramitar una solicitud de certificado (de colegiación, de ejercicio profesional o de habilitación)?
Para la emisión de un certificado es necesario comprobar los datos obrantes en el expediente personal del colegiado. Además, dicho certificado lleva dos firmas: debe ser firmado por la secretaria de Junta de Gobierno, con el visto bueno del presidente.
Por todo ello, las solicitudes de certificado suelen estar gestionadas en una semana, aproximadamente.
Estuve colegiado en Madrid hace tiempo. ¿Puedo solicitar un certificado de colegiación?
Sí, se puede solicitar. El expediente personal de un colegiado se conserva y custodia en el Colegio incluso después de su baja colegial.
Para facilitar la petición del certificado de colegiación, en el departamento de Gestión Administrativa se dispone de un formulario de solicitud.
Una vez cumplimentado y firmado, puede enviarse por correo electrónico dirigido a gestion.administrativa@e.cofm.es, o bien presentarlo en el Registro colegial (4ª planta del Colegio).
La emisión de este certificado tiene un coste para no colegiados de 6 euros.
Certificados digitales
¿Cómo puedo solicitar un certificado digital?
En el departamento de Gestión Administrativa, como operadores de firma, se pueden emitir certificados digitales de la Autoridad Certificadora ACCV a los farmacéuticos colegiados. Para la emisión es imprescindible la personación del colegiado.
Los pasos que deben seguirse son los siguientes:
- Hay que solicitar cita previa a través de la herramienta Cita previa de la página web, seleccionando “Gestión Administrativa (solo certificado digital)”.
- Para solicita la cita previa, hay que identificarse con el usuario y la contraseña de Canal Colegiados. Si no dispones de estos datos, o bien no los recuerdas, puedes ponerte en contacto con el CAURE del Colegio (caure@e.cofm.es - 91406 83 73).
- El día de la cita, debe acudirse al Colegio (4ª planta) con un documento identificativo en vigor: DNI, pasaporte, carné de conducir.
- En el momento, se cumplimenta y se firma un formulario de solicitud de certificado digital, debiendo abonar su coste (18,50 euros + IVA) en la Caja del Colegio, en efectivo o con tarjeta bancaria.
- La emisión del certificado es inmediata, pudiendo el colegiado activar el certificado mediante un mensaje remitido a su móvil.
Los certificados digitales llevan asociada una cuota de mantenimiento anual (10 euros + IVA).
Desde hace casi 10 años, el Colegio viene asumiendo el coste de dicha cuota de mantenimiento, por lo que el colegiado no debe abonarla en la actualidad.
Soy farmacéutico, pero no estoy colegiado. ¿Puedo solicitar un certificado digital?
No. Los certificados digitales solo pueden emitirse a farmacéuticos colegiados en el Colegio de Madrid.
¿Cuándo hay que renovar el certificado digital?
El certificado digital de la ACCV debe renovarse, con carácter general, cada 3 años contados desde la fecha de su emisión o, en su caso, de su renovación:
- La primera renovación puede hacerse online.
- La segunda renovación requiere la personación del colegiado en Gestión Administrativa.
Cuando se aproxima la fecha de caducidad del certificado, el colegiado recibe dos avisos de renovación enviados por la ACCV al correo electrónico que se registró al generar el certificado. El primer correo de aviso de caducidad llegará cuando falten 70 días y el segundo cuando falten 30 días.
Soy adjunto/regente/sustituto. ¿Qué debo hacer para poder dispensar con mi certificado digital en la farmacia?
Para vincular el certificado digital del farmacéutico adjunto, regente o sustituto a la oficina de farmacia, de manera que se pueda dispensar receta electrónica con él:
- Debe remitirse el justificante registrado de la comunicación telemática de alta del adjunto, del regente o del sustituto ante la Consejería de Sanidad por correo electrónico dirigido a gestion.administrativa@e.cofm.es.
- En el caso de que el farmacéutico adjunto, regente o sustituto aún no disponga de certificado digital, debe pedirse cita previa en este enlace; el día que se acuda al Colegio habrá de llevarse el justificante registrado de la comunicación telemática.
Ya no soy adjunto/regente/sustituto. ¿Qué debo hacer para desvincular mi certificado digital de la farmacia?
Para desvincular el certificado digital del farmacéutico adjunto, regente o sustituto de la oficina de farmacia en la que se encontraba, debe remitirse el justificante registrado de la comunicación telemática de baja del adjunto, del regente o del sustituto ante la Consejería de Sanidad por correo electrónico dirigido a gestion.administrativa@e.cofm.es.
¿El certificado digital que se emite en el Colegio solo sirve para la dispensación de receta electrónica?
No, se trata de una firma digital válida para firmar documentos de manera electrónica.
Dependiendo de su nivel de seguridad, la firma digital ofrece las mismas garantías que la firma ológrafa y permite asegurar la integridad de un documento. Por lo tanto, permite identificarse ante terceros, firmar documentos mediante firma electrónica y realizar trámites telemáticos de forma segura y con plenas garantías legales.
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