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El COFM anuncia la renovación automática de las recetas a pacientes crónicos por un período de 90 días

También notifica la eliminación de forma transitoria del sello de visado en las recetas de MUFACE, ISFAS y MUGEJU

El COFM mantiene su compromiso para favorecer la prestación farmacéutica a la población y para ello se ha puesto a disposición de las autoridades sanitarias. En este sentido, ha emitido un comunicado a las cerca de 3.000 Oficinas de Farmacia de la región para informar y agradecer la decisión de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid de renovar de forma automatizada todas las recetas prescritas a los pacientes con enfermedad crónica, por un período de 90 días.

Esta medida, ya implementada, se lleva a cabo para evitar que la población acuda a los centros de salud y, con ello, "minimizar el riesgo" de transmisión del coronavirus entre los profesionales de los 430 dispositivos de Atención Primaria de la región y "la población más vulnerable", como son los mayores y personas inmunodeprimidas.

Esta decisión afecta a todas aquellas prescripciones para personas con enfermedades crónicas que hayan caducado en los pasados 60 días o que se encuentren próximas a caducar. Así, los pacientes podrán acudir directamente a su Oficina de Farmacia para retirar la medicación prescrita, que automáticamente Sanidad ha cargado en su receta electrónica, es decir, a través de su tarjeta sanitaria.

Este procedimiento se hace de forma centralizada, sin necesidad de ninguna actuación, y el paciente no necesita llamar por teléfono ni acudir a consulta pata activarlo. Por su parte, el médico de familia o pediatra tampoco tiene que entrar en la aplicación informática (módulo único de prescripción) para actualizar la prescripción de la receta.

Con respecto a los visados, la Consejería de Sanidad ha remitido información a los profesionales sanitarios indicándoles que a partir del pasado martes 17 de marzo se consideran preautorizadas todas las prescripciones nuevas, así como las solicitudes de renovación de prescripciones crónicas. De la misma forma, se procede con las recetas en papel que precisen visado. Sanidad ha recordado que los visados son aquellas recetas de medicamentos especiales, sujetas a autorización de la Inspección Sanitaria, y que hasta que finalice la alerta sanitaria quedan exentas de dicha validación, con el mismo objetivo de evitar riesgos entre la población y los sanitarios.

Por otra parte, el COFM informa que el Ministerio de Sanidad, a través de la Orden SND/266/2020, ha resuelto en el ámbito de los Regímenes Especiales de MUFACE, ISFAS y MUGEJU eliminar, de forma transitoria, la obligación de estampillar el sello de visado en las recetas de los medicamentos que lo requieren. Esta modificación entró en vigor el 21 de marzo.

23 de marzo de 2020

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