Farmacias adheridas a buenas prácticas en oficina de farmacia
La adhesión es para todas las oficinas de farmacias que tengan implantado la Guía de Buenas Prácticas según requisitos establecidos por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid.
Las farmacias deben adherirse a los siguientes principios de actuación:
- 1. Que la adquisición, custodia, conservación y dispensación de medicamentos, productos sanitarios y aquellos que tradicionalmente dispone la oficina de farmacia cumplen lo establecido en este documento y en la legislación vigente.
- 2. Que se promoverá constantemente el uso racional del medicamento.
- 3. Que se proporcionará a los pacientes/usuarios la información y los consejos apropiados sobre los medicamentos y productos sanitarios para su correcto uso.
- 4. Que las fórmulas magistrales y preparados oficinales se elaboran de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente de normas de correcta elaboración y control de calidad de fórmulas magistrales y preparados oficinales.
- 5. Que las responsabilidades del personal de la oficina de farmacia: farmacéutico titular, otros farmacéuticos, auxiliares, etc. estén correctamente definidas y aplicadas.
- 6. Que la oficina de farmacia dispone de los medicamentos, sustancias medicinales y productos sanitarios que se determinen como necesarios para asegurar el suministro continuado a la población.
- 7. Que el control de estupefacientes, psicótropos, medicamentos de especial control médico, así como otros medicamentos se realiza de acuerdo con las normas de aplicación especiales, establecidas en la legislación vigente para estos productos.
- 8. Que de acuerdo con el código deontológico del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid que regula la profesión, se deben tener presente los deberes éticos profesionales con el paciente/usuario, y el necesario respeto entre los profesionales de la salud.
- 9. Que se dotará a la oficina de farmacia del personal, instalaciones y equipos necesarios para el correcto desempeño de sus actividades.
- 10. Que se proporcionará la formación que asegure la cualificación necesaria del personal de la oficina de farmacia.
- 11. Que se generará una documentación que sustente y reconozca de forma tangible la capacidad para inspirar un nivel de confianza basado en la calidad de los servicios obtenidos.